El Certificado de Contratista está destinado a todos aquellos autónomos que quieran subcontratar a otros trabajadores. Estos se subcontratan para las obras o servicios relacionados con la actividad que se está realizando.
Se deben tener algunas consideraciones antes de contratar o subcontratar cualquier tipo de servicio, puesto que se debe solicitar un certificado de que las empresas se encuentran corrientes de pago. Esto con la finalidad de evitar problemas con Hacienda.
En el caso de no solicitar el certificado a la empresa, si esta llega a tener deudas tributarias, correrán por tu cuenta. Es decir, tendrás que recaudar el IRPF de la otra empresa a través de la factura emitida, además de incluir el IVA.
¿Es indispensable que se tenga un Certificado de Contratista Positivo?
Cuando pides el certificado de contratista, existen dos opciones básicas, la primera es que sea positivo. En estos casos quedarás completamente exento de las responsabilidades ante Hacienda, porque la empresa que estás contratando está al corriente con sus pagos.
Por otra parte, cuando el certificado es negativo, puedes tener dos opciones. La primera de ellas es no contratar los servicios, dejando la responsabilidad de los tributos en manos de la empresa a la que ibas a contratar.
Si por el contrario, decides contratar los servicios de esta empresa, se debe tener en cuenta que pasarás automáticamente a ser el responsable subsidiario de la deuda con Hacienda. Para ello tendrás que deducirlo de los pagos que realices al contratista para que se pueda subsanar la deuda.
¿Qué vigencia tiene?
A partir de la fecha de expedición, el Certificado de Contratista será válido durante 12 meses. Aunque en el caso de ser necesario se puede solicitar más reciente para estar seguro de que la empresa no cuenta con ninguna deuda vigente.
El órgano responsable de la emisión de estos certificados es la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o AEAT. Si estás interesado en aprender a tramitar este certificado, entonces te invito a seguir leyendo porque te voy a explicar las opciones que tienes para tramitarlo.
¿Cómo se solicita el certificado?
Debes tener en cuenta que existen dos maneras de presentar la solicitud, bien sea en las oficinas de la AEAT, o de manera telemática. Aquí te explicaré ambas para que elijas la que más se adapte a tus necesidades.
Presencial
Para solicitar el Certificado de Contratista de manera presencial tendrás que acudir a una de las múltiples oficinas de la AEAT. Para la solicitud se debe cumplimentar el Modelo 01C, que puedes descargar pinchando aquí.
Una vez que acudes a la oficina, y que haces el trámite con el modelo debidamente cumplimentado, el plazo de resolución será de 3 días hábiles. En el caso e que el certificado presente cualquier tipo de error, tendrás un período de 10 días, para presentar tu inconformidad.
De lo contrario, no se tendrá ningún tipo de respuesta por la AEAT. Este plazo comienza a contar a partir del día siguiente a su recepción, y se debe solicitar de manera escrita cualquier tipo de modificación que se requiera, adjuntando los elementos de prueba que se consideren pertinentes para acreditar la solicitud.
Online o telemática con Certificado Digital
Este tipo de trámite es mucho más cómodo, aunque en algunas ocasiones puede que no sea la forma que se adaptará a tus necesidades. Especialmente porque se requiere de un Certificado Electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve para acceder al servicio, aunque existe una opción para hacerlo sin este requisito que te mostraré más adelante.
Si cuentas con eso, entonces el trámite será muy sencillo. Simplemente debes hacer tu solicitud pinchando aquí. Allí debes hacer clic en el apartado que dice “Solicitud”, y el sistema te solicitará que te autentiques con el Certificado Digital o con Cl@ve.
Una vez autenticado, simplemente se deben rellenar los datos que te va solicitando el sistema. Al final del proceso se te dará un comprobante de tu solicitud y podrás tener el certificado por el servicio notificaciones electrónicas.
También se puede elegir la opción de que el certificado sea enviado al domicilio físico, el cual será el que aparezca registrado en el sistema como Domicilio Fiscal.
Online sin Certificado Digital
Existe otra opción que es mucho más fácil para realizar la solicitud del Certificado de Contratista. Esta es sin certificado digital, lo que permite que cualquiera pueda acceder al servicio sin necesidad de una autenticación en el sistema.
Para hacer el procedimiento por este medio, simplemente debes hacer clic aquí. Allí encontrarás el formulario de solicitud, y luego de cumplimentar todos los datos y confirmar tu solicitud, el certificado será enviado en un período de 3 días hábiles a tu domicilio fiscal.
Este es un método mucho más cómodo, especialmente si no tienes mucho tiempo disponible, y en el caso de que no cuentes con un certificado digital para el trámite. De esta manera podrás hacerlo sin tener que salir de casa o de tu empresa, y podrás obtener el certificado rápidamente.
¿Se pueden contestar requerimientos online?
En e caso de que la Agencia Tributaria requiera algún documento de soporte, o en los casos en los cuales necesites presentar soportes para alegaciones porque el certificado contiene errores. Puedes hacerlo de manera completamente online, aunque para este proceso es obligatorio tener un certificado electrónico o Cl@ve.
El procedimiento es muy sencillo, lo único que debes hacer es ingresar en la web de trámites del Certificado de Contratista, y allí seleccionar “Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes”.
A continuación, se te abrirá una ventana en la cual te debes autenticar mediante el certificado electrónico o con el sistema Cl@ve. Una vez que se hace la autenticación en el sistema, se puede proceder a subir los documentos que sean necesarios.
Por último, es importante saber que, cada certificado emitido cuenta con un código único, con el cual se puede verificar su autenticidad y validez por parte del pagador. Además, para saber el estado del trámite se puede acceder a la sede electrónica, con certificado digital o Cl@ve, aunque en general el proceso tarda 3 días hábiles.