El expediente de dominio notarial, es un documento que tendrás que tramitar en el caso de que una casa no esté inscrita en el Registro de la Propiedad. Esto se debe hacer especialmente en los casos de herencias, en las cuales el inmueble no cuenta con este registro, pero se requiere hacer un proceso de sucesión a los herederos.
El objetivo del expediente de dominio notarial, es inscribir cualquier finca en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, este es un proceso que puede resultar costoso, porque implica algunos costes que tal vez no tengas contemplados.
Por este motivo, te invito a que sigas leyendo, y conocerás todo lo que necesitas saber sobre este tipo de expediente.
¿Cuál es el procedimiento del expediente de dominio notarial?
El procedimiento se inicia por medio de un escrito, el cual se presentará al juzgado de primera instancia del lugar donde se encuentre la propiedad. Durante el proceso es indispensable que se tenga la intervención del Ministerio Fiscal, un abogado y un procurador.
Dentro del escrito se debe exponer toda la información sobre el inmueble, en la cual se debe unir la Certificación Registral y Catastral con la descripción de la finca que se va a inscribir. Luego de presentar la documentación, se debe esperar a la resolución del juez, en cuyo caso pueden existir 3 supuestos:
- Inmatriculación por inscripción por primera vez
- Inscripción del exceso de cabida, donde se subsanará cualquier error de la inscripción por primera vez
- Reanudación del tracto sucesivo, en los casos en los que se inscriba por parte de una persona que haya adquirido el bien.
¿Qué documentos se deben presentar?
Se debe tener en cuenta que, para hacer el trámite, es indispensable presentar ciertos documentos, los cuales acompañan el escrito, y los cuales son:
- Título de propiedad del inmueble que puede ser público o privado
- Relación de datos catastrales y registrales
- Relación y datos de los propietarios de las fincas colindantes
- Identificación de los derechos constituidos sobre la finca
- Identificación del poseedor de la finca o arrendatario si se trata de una vivienda
Durante el procedimiento de registro del expediente de dominio notarial, se debe solicitar una certificación al registrador de la propiedad, donde se acreditará que la finca no se encuentra inscrita. Si el inmueble se encuentra matriculado, el expediente será denegado de manera automática.
En el caso de que se proceda con el trámite, se emitirá un edicto en el Boletín Oficial del Estado, de manera gratuita. Cuando se cumpla el plazo de un mes, se dará por concluido satisfactoriamente el expediente, y este se remitirá al registrador de la propiedad para hacer el trámite.
¿Cuánto cuesta el expediente?
Según se ha establecido por parte de la Dirección General de Tributos, estos expedientes están exentos de cualquier tipo de tributo. Por lo tanto, en teoría no se debería generar ningún tipo de coste, para que se pueda hacer el trámite.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que se deben pagar los honorarios del abogado, el cual está regulado por el Ilustre Colegio de Abogados. En todo caso se debe tener en cuenta que, esto se calcula en base al valor de la finca, y en el caso de no saber el valor, se calculará en base al valor catastral.
Por último, se debe tener en cuenta que este es un procedimiento para el cual es obligatorio contratar a un abogado especialista. De lo contrario no se podrá llevar a cabo el expediente de dominio notarial, por lo tanto, esto representa un valor extra que se debe tener en cuenta antes de hacer el trámite y considerar sus costes.