Es importante tener en cuenta que antes de tramitar un Expediente de Incapacidad Permanente, este debe ser evaluado previamente por el Tribunal Médico. En muchas ocasiones este puede rechazar la solicitud, especialmente si no se cumple con los requisitos.
Por este motivo, el día de hoy hablaré sobre el trámite completo de este expediente, y los pasos a seguir. De esta forma conocerás todo lo relacionado con el trámite, y te aseguro que toda la información será valiosa en caso de que tengas algún tipo de incapacidad.
¿Qué es el Tribunal Médico y por qué es tan importante?
Debes tener en cuenta que el Tribunal Médico, se resume en el Equipo de Valoración de Incapacidad o EVI. Es un organismo de la Seguridad Social, el cual se encarga de evaluar todos los trámites que se hacen referentes a las incapacidades laborales.
Está compuesto por diferentes inspectores médicos, de trabajo, facultativos, de la seguridad social y otros funcionarios. Estos evalúan todos los posibles casos de incapacidad laboral sin importar el grado, puesto que todos los casos son revisados por el mismo equipo.
Por lo tanto, en el caso de que tengas que hacer el trámite del Expediente de Incapacidad Permanente, debes tener en cuenta que este es el organismo que evaluará tu solicitud. De esta manera, todas las solicitudes son atendidas y se tiene una resolución lo antes posible.
¿Qué documentos se deben presentar para tramitar un Expediente de Incapacidad Permanente?
En el caso de que vayas a presentar una solicitud para que sea otorgada una incapacidad permanente. Debes tener en cuenta que dependiendo de cada caso debes presentar diferentes tipos de documentos.
Normalmente debes presentar tus documentos de identificación, acompañados con todos los exámenes médicos que tengas. Es importante saber que, todos los documentos que presentes deben acreditar la condición de incapacidad que da pie a la solicitud.
Estos documentos serán revisados por el Tribunal, y en caso de ser necesario se pedirán documentos extra para ayudarles a dar un dictamen.
¿Cuál es el tiempo de resolución?
Según se ha establecido en la ley, el plazo máximo que se tiene para que un trabajador reciba respuesta sobre su expediente es de 135 días. En ese momento puedes recibir confirmación por parte del INSS por escrito, y normalmente estas comunicaciones llegan en un plazo de tiempo mucho menor.
Para cada comunidad autónoma, se tiene una Dirección Provincial del INSS, el cual tiene su propio EVI, para dar la respuesta a cada uno de los expedientes que se tramitan. En el caso de Cataluña, todos los expedientes de incapacidad son tramitados por el SGAM, que es el órgano que rige en esta región de España.
¿Qué pasa si no recibo una notificación o si no estoy de acuerdo con la respuesta?
Cuando haces el trámite de un Expediente de Incapacidad Permanente, puede que no recibas una respuesta en el plazo establecido en la ley. En estos casos se asume que se ha dado una desestimación por parte del tribunal, es decir, existe un silencio administrativo negativo, por lo cual, el expediente no tendría ningún tipo de validez.
El Tribunal Médico, puede denegar tu Expediente de Incapacidad Permanente, y es bastante común. También puede que te asigne un grado de discapacidad diferente al que tienes, y en estos casos se debe tener en cuenta que se puede proceder de manera legal para solicitar una nueva evaluación.
Normalmente si se presentan lesiones de elevada gravedad y evidentemente incapacitantes, la resolución siempre será positiva. Sin embargo, si tus lesiones no te incapacitan del todo, puede que recibas una respuesta negativa por parte de este organismo.
¿Qué es el Dictamen-Propuesta?
Este se trata de un documento, en el cual se encuentra todo lo relacionado con la solicitud de incapacidad. Además, anexa toda la documentación presentada por el paciente, así como los exámenes que se han hecho al paciente tanto por médicos externos como los del propio tribunal.
También informa de las actividades que desempeñaba el trabajador antes de que se solicitara el expediente. Finalmente, este cuenta con la resolución de los médicos del tribunal, basándose en toda la documentación que se encuentra anexa en este documento.
En el caso de que el trabajador pueda tener una mejora a futuro, también se mandará la incapacidad a revisión, así como el plazo para hacerla. Igualmente, se incluyen las prestaciones económicas a las cuales puede optar el solicitante, especialmente cuando se trata de incapacidades graves y permanentes.
¿Qué tipos de incapacidad permanente se pueden tener?
Una incapacidad permanente, es aquella que ocasiona que el trabajador disminuya su rendimiento en el trabajo, y en muchas ocasiones puede tratarse de una baja laboral definitiva. En este caso existen diferentes tipos de incapacidad, dentro de los cuales están:
- Parcial
- Total
- Absoluta
- Gran invalidez
Debes tener en cuenta que cuando se trata de una incapacidad permanente parcial o total, el trabajador podría volver a su puesto de trabajo en el futuro. Mientras que, con los otros dos tipos, difícilmente el trabajador se podrá reincorporar a su puesto de trabajo.
También se debe tener en cuenta que, el Tribunal Médico puede presentar una resolución que implique una incapacidad temporal. En estos casos, la persona tendrá una baja laboral, pero se tendrá que reincorporar una vez que sus lesiones hayan sanado. Dependiendo de las lesiones que se presenten, se contemplan tiempos de duración diferentes en cada uno de los casos.
Siempre el órgano encargado de hacer el dictamen final sobre el Expediente de Incapacidad Permanente, es el EVI o Tribunal Médico. Por lo tanto, depende de este órgano si se aprueba o rechaza tu solicitud, en función de las pruebas presentadas ante el mismo.
Además, en el dictamen, podrás encontrar los empleos en los cuales podrías desempeñarte y en cuales no, en el caso de que se te atribuya una incapacidad de grado bajo. Siempre teniendo en cuenta que, no en todos los casos el expediente será aprobado.
En el caso de que sea denegado, pero consideres que se trata de un error, puedes tramitar una acción judicial para impugnar el dictamen. Sin embargo, esto debes hacerlo con los servicios de un abogado profesional.
Buenos días, en primer lugar muchas gracias por la atención.
Mi nombre es Mª José,Ya llevo más de 18 meses de baja, he pasado el tribunal hace 15 días y me han envíado un sms como que me abren un expediente de incapacidad permanente y que me enviarán próximamente la resolución. Mi enfermedad diagnosticada tanto por el Neurólogo como por el Oftalmólogo(oculoplasta), es de Blefaroespasmo esencial orbicular bilateral y Sindrome de Apraxia de la apertura del elevador bilateral.
Mi pregunta es si con este diagnóstico tengo posibilidades de la permanente total, y teniendo en cuenta que he cotizado 7 años y medio, ¿cuanto crees que me quedaría).
Y por otro lado ya hasta que me envien resolución si sigue pagándome la mutua o no.
Muchas gracias.
Hola, María José
La única forma de saber si puedes optar por una incapacidad con ese diagnóstico es consultando a un médico. Requerirás una evaluación para determinar si es posible. En relación con los años cotizados, te recomendamos asesorarte con un experto en el tema. Esa persona te guiará de forma precisa para dar respuesta a tus problemas.
¡Gracias por escribir!
Buenas tardes, tengo incapacidad permanente total, y solicité yo pasar revicion antes de los dos años, he pasado la revicion y la doctora que me atendio del EVI, me dijo que tenias patologías distintas ala enfermedad por la que me dieron la total, pues que después de que reciba la resolución, fuera a un caiss y solicitará la adsoluta. Mi pregunta , es normal que sea yo quien tengo que solicitarla o bien en la resolución debe venir. Gracias
Hola, Felipe
Si la doctora te ha dicho que debes ir al Caiss, ve. De cualquier manera, al llegar allá, te atenderán y te dirán si debes hacerlo tú o viene de forma directa en el informe expedido por la organización.
¡Gracias por escribir!
El día 30 pase el icam me comentó que lo enviaban
Al inss 15 días tendría respuesta llevo más 18 meses con 2 recaidas tardan 15 o más
Hola, Elsitio
Te recomendamos volver a preguntar e insistir en tu caso, es la única manera de resolver. Por esta vía no podemos hacer algo adicional.
¡Gracias por escribir!
¿ La incapacidad permanente comienza cuando el director de INSS, firma la resolución final del expediente?. Por el contrario, ¿Cuando es?
Muchas gracias por la ayuda
Hola, Jesús
Sí, cuando se atraviesan todos los procesos y se concluye que efectivamente el paciente posee la discapacidad en un grado en específico.
¡Gracias por escribir!
Hola muy buenas estoy en manos de un abogado tuve un accidente en el 2002 me rompí la meseta tibial y más cosas menisco ligamentos etec esto fue trabajando estuve unos 12 meses de baja por mutua mi oficio es conducir un trailer con su carga y descarga hace un año los tornillos se me salían así que decidieron quitármelo y claro ahora estoy peor tengo que mover palets con traspalet manual y me estoy reventando la espalda y la pierna buena entre comillas y estoy ala espera de que me llamen al tribunal médico la mutua dice que l solución es una prótesis y bueno también lo estoy mirando por la seguridad social tengo 51 años y llevo toda la vida trabajando de transportista me gustaría saber tu opinión esto es un sin vivir gracias y saludos
Hola, Fede
Lamentamos mucho tu situación. Sin embargo, debes esperar a que el Tribunal Médico evalúe tu situación. Si tienes una duda sobre ello, en nuestra web tenemos un artículo que explica cómo pasar por el Tribunal Médico por primera vez.
¡Gracias por escribir!
La mutua me hizo propuesta de incapacidad permanente absoluta y en su informe pone que las secuelas me impiden realizar mi profesion de pintor …operado dos veces de la espalda…Llevo 18 meses de baja y me llegó msm que tenis slta medics me incorporará mi trabajo y próximamente recibirá resolución.que significa?mi padre recibió el.mismo msm y en la carta le vino la incapacidad….porque ponen ese msm y luego te dice la carta que te den incapacidad?yo la estoy esperando aun
Hola, Francisco
En caso de que eso te ocurra, consulta a un experto en el tema para que te oriente. Es posible que el mensaje sea un error en el sistema y la carta teaiga tu incapacidad.
¡Gracias por escribir!
Buenas noches mi pregunta es yo pase por el tribunal medico hace dos meses tengo insuficiencia cardiaca con clasificación ll y depresión mayor crónica desde hace dos meses mi expediente no avavnza sigo en el número uno,es normal o tengo que ir a reclamarlo cree usted que me lo concederán muchas gracias por su atencion
Hola, Conchi
Este tipo de procesos suele tardar porque es un proceso de revisión exhaustiva. Pero, si se siente inconforme con la cantidad de tiempo de espera, puede ir a consultar por qué no avanza su trámite.
¡Gracias por escribir!
Buenos días: Hayer pase el juicio para conseguir pasar de IPT a IPA .Cuanto tiempo tarda la resolución?
Gracias.
Hola después de un mes de presentar solicitud de incapacidad permanente mi solicitud sigue en punto uno y punto dos concluidos, los demás pendientes es normal. Muchas gracias.